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Atención a los pagos de más de 1000 euros

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GestFuturo
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Atención a los pagos de más de 1000 euros

Mensaje por GestFuturo » Mar Ago 24, 2021 9:45 am

Aviso a navegantes.

Desde el 11 de julio de 2021 he entrado en vigor la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.

En ella se modifican varias leyes, como la 7/2012, de 29 de octubre, cambiando el Artículo 7, apartado primero: No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, cuando anteriormente eran 2.500 euros.

Y atención; No se trata de pagar en efectivo 1.000 y el resto por transferencia, tarjeta, ingreso en cuenta... no. Ninguna proporción de la factura puede pagarse en efectivo. Y tampoco vale dividir un trabajo en varias facturas: ya se dice en la ley: se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

La multa es del 25% del importe, a pagar entre cliente y taller, así que mucho cuidado con esas operaciones.


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